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Nueva ley faculta al presidente de EE. UU. para bloquear transacciones criptográficas

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Una nueva ley ha otorgado al presidente de Estados Unidos amplia autoridad para bloquear el acceso a las criptomonedas, lo que genera preocupación entre los observadores. Este desarrollo faculta al presidente para bloquear transacciones entre personas estadounidenses y entidades extranjeras vinculadas a organizaciones terroristas.

El ley exige que el Secretario del Tesoro identifique e informe sobre cualquier banco extranjero o facilitador de transacciones criptográficas que, a sabiendas, participe en transacciones masivas con organizaciones terroristas. Esta identificación debe realizarse dentro de los 60 días siguientes a la promulgación de la ley y periódicamente después.

Una vez identificados, el presidente debe prohibir o imponer condiciones estrictas a la apertura o mantenimiento de cuentas por parte de estos bancos extranjeros en los EE. UU. Para los facilitadores de transacciones de activos digitales extranjeros, el presidente puede prohibir cualquier transacción entre ellos y los estadounidenses. Algunos en la comunidad piensan que esto es un intento de controlar las criptomonedas con el pretexto de luchar contra el terrorismo.

Según las secciones 203 y 205 de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), el presidente puede implementar estas medidas. Esta autoridad incluye imponer sanciones a quienes violen las regulaciones, similares a las descritas en la sección 206 de la IEEPA.

La ley también establece procedimientos para la revisión judicial de información clasificada. Supongamos que un hallazgo o sanción se basa en información clasificada. En ese caso, el Secretario del Tesoro puede presentar esta información al tribunal ex parte y a puerta cerrada, lo que significa que el juez puede revisarla en privado sin revelarla públicamente.

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Existen disposiciones para renunciar a las sanciones si se demuestra que redunda en beneficio de los intereses nacionales de Estados Unidos. El Secretario del Tesoro debe notificar al Congreso dichas renuncias y exponer los motivos de las mismas. También hay una excepción para las actividades de inteligencia, garantizando que estas medidas no interfieran con las operaciones de inteligencia autorizadas.

Además, la ley modifica la sección 5318A del título 31 del Código de los Estados Unidos para agregar nuevas prohibiciones o condiciones sobre ciertas transferencias de fondos. Si el Secretario del Tesoro determina que ciertas jurisdicciones, instituciones o transacciones plantean una preocupación principal de lavado de dinero, puede imponer condiciones a las transferencias de fondos que involucren a estas entidades.

Las enmiendas permiten al Secretario, en consulta con otros funcionarios clave, tomar medidas contra instituciones o agencias financieras nacionales involucradas en estas «transacciones de alto riesgo».



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